Si estás preparando las oposiciones de Administrativo de la Seguridad Social, hay una pregunta que deberías hacerte antes de seguir avanzando con el temario: ¿lo que estoy estudiando sigue siendo correcto hoy?
En Seguridad Social esta cuestión es especialmente importante. Durante 2025 y 2026 se han publicado varias normas que modifican materias incluidas directamente en el programa de la oposición: afiliación, bajas y variaciones de datos, cotización, recaudación, aplazamientos, nacimiento y cuidado de menor, jubilación flexible y jubilación anticipada, entre otras.
Y no hablamos únicamente de pequeños cambios técnicos.
Un plazo que antes era de tres días y ahora es de seis, una nueva horquilla de porcentajes o una modificación en las condiciones de un aplazamiento puede convertir una respuesta que llevabas meses marcando como correcta en una respuesta incorrecta.
Los cambios en Seguridad Social para oposiciones 2026 afectan especialmente a los temas 3, 4, 5 y 10 de la parte específica de Administrativo de la Seguridad Social, aunque también conviene revisar otros apartados.
Puedes comprobar la estructura oficial del programa directamente en la convocatoria del Cuerpo Administrativo de la Administración de la Seguridad Social publicada en el BOE.
En este artículo vamos a ver qué modificaciones son especialmente relevantes para un opositor, qué partes del temario deberías comprobar y cómo actualizar tus apuntes sin tener que empezar otra vez desde cero.
Importante: una reforma normativa no determina por sí sola cómo será tratada en un proceso selectivo concreto. Antes del examen siempre conviene revisar las bases, posibles correcciones y la convocatoria vigente.
¿Qué ha cambiado en Seguridad Social durante 2026?
Las reformas que más deberían llamar la atención de un opositor son estas:
| Norma | Principal modificación | Materia del temario |
|---|---|---|
| Real Decreto 643/2026 | Afiliación, bajas, variaciones y aplazamientos | Temas 3 y 5 |
| Real Decreto 416/2026 | Nueva regulación de la jubilación flexible | Tema 10 |
| Real Decreto 632/2026 | Jubilación anticipada por discapacidad | Tema 10 |
| Ley 2/2026 | Mutualidades alternativas y RETA | Temas 2 y 4 |
| Orden PJC/297/2026 | Cotización a la Seguridad Social en 2026 | Tema 4 |
| Real Decreto-ley 9/2025 | Nacimiento y cuidado de menor | Tema 9 |
No todos estos cambios deben estudiarse con la misma profundidad.
Desde el punto de vista práctico, los temas 3, 5 y 10 merecen una atención especial, porque incluyen modificaciones muy concretas de plazos, porcentajes, requisitos y procedimientos que encajan perfectamente con el formato de una pregunta tipo test.
1. Cambia el plazo para comunicar bajas y variaciones de datos
Empecemos por uno de los cambios más claros.
El Real Decreto 643/2026, de 29 de julio, modifica el Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social.
Puedes consultar íntegramente el Real Decreto 643/2026 en el BOE.
De tres días a seis días naturales
Antes de esta reforma, las solicitudes de baja y las variaciones de datos debían presentarse dentro de los tres días naturales siguientes al cese en el trabajo o al momento en que se producía la variación.
La nueva regulación amplía este plazo a:
Seis días naturales siguientes al del cese en el trabajo o a aquel en el que la variación se produzca.
La modificación entró en vigor el 1 de agosto de 2026.
Esto afecta de lleno al bloque dedicado a afiliación, altas y bajas.
¿Por qué puede ser una pregunta típica de examen?
Porque apenas hay que modificar una palabra en el enunciado para crear un distractor convincente.
Por ejemplo:
¿En qué plazo deben presentarse las solicitudes de baja y las variaciones de datos de los trabajadores?
Un opositor que haya estudiado durante meses la regulación anterior podría marcar automáticamente:
Tres días naturales.
Pero después de la modificación la respuesta correcta es:
Seis días naturales.
También podrían aparecer opciones como:
- Seis días hábiles.
- Cinco días naturales.
- Tres días naturales.
- Seis días naturales.
Por eso las modificaciones de plazos necesitan una actualización inmediata en temario, esquemas y test.
2. También cambian los aplazamientos de las deudas con la Seguridad Social
El Real Decreto 643/2026 no se limita a modificar el plazo de bajas.
También introduce cambios importantes en el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social.
Esto afecta directamente al tema relacionado con gestión recaudatoria y aplazamientos.
¿Qué deudas no pueden aplazarse?
La regulación establece que podrá aplazarse una deuda de Seguridad Social objeto de gestión recaudatoria, excepto:
- Las cuotas correspondientes a la aportación de los trabajadores por cuenta ajena o asimilados.
- Las cuotas correspondientes a contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
Además, si estas cantidades todavía no se hubieran ingresado, deberán pagarse en el plazo de un mes desde la notificación de la resolución que conceda el aplazamiento.
Para un opositor no basta con recordar simplemente que existen deudas inaplazables. Hay que identificar exactamente cuáles son y qué ocurre cuando se concede el aplazamiento.
Nuevas referencias para las garantías
La reforma también actualiza las cuantías relacionadas con la necesidad de aportar garantías.
No será necesaria su constitución, en los términos previstos por la norma, cuando:
- La deuda aplazable sea igual o inferior a 150.000 euros.
- La deuda sea inferior a 250.000 euros y se acuerde ingresar al menos un tercio antes de que hayan transcurrido diez días desde la notificación de la concesión, abonando el resto en los dos años siguientes.
Estas cantidades pueden ser modificadas mediante resolución de la Dirección General de la Tesorería General de la Seguridad Social.
Esto último también es importante: no memorices una cuantía sin entender si puede actualizarse posteriormente.
Cambios en los intereses de los aplazamientos
La concesión de un aplazamiento genera el interés de demora que se encuentre vigente durante el periodo correspondiente.
Además, cuando excepcionalmente se haya eximido al responsable de constituir garantías por causas extraordinarias, el interés de demora se incrementará en dos puntos.
De nuevo encontramos un dato muy susceptible de convertirse en pregunta tipo test.
Posibilidad de concesión automatizada
Otra novedad es la posibilidad de establecer la tramitación y concesión automatizada de determinados aplazamientos cuando no resulte necesaria la constitución de garantías y se cumplan las condiciones determinadas.
Es decir, no estamos ante un simple cambio de cuantías.
Al actualizar este apartado habría que revisar:
- Deudas aplazables.
- Deudas inaplazables.
- Garantías.
- Cuantías.
- Intereses.
- Procedimiento.
- Posible concesión automatizada.
Ese es el motivo por el que recomendamos no limitar las actualizaciones a sustituir una cifra dentro del PDF.
3. Nueva regulación de la jubilación flexible
Otro de los grandes cambios de 2026 afecta al tema de jubilación.
El Real Decreto 416/2026, de 27 de mayo, introduce una nueva regulación de la jubilación flexible y modifica también determinados aspectos relacionados con la jubilación demorada.
La norma entró en vigor el 28 de agosto de 2026.
El texto completo puede consultarse en el Real Decreto 416/2026 publicado en el BOE.
Es una modificación especialmente relevante para Administrativo de la Seguridad Social porque el programa oficial incluye expresamente la jubilación flexible y la compatibilidad de la pensión de jubilación con el trabajo.
Jubilación flexible y trabajo por cuenta ajena
La nueva regulación permite compatibilizar una pensión de jubilación ya causada con un trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial.
La jornada deberá encontrarse entre:
El 33 % y el 80 % de la jornada de una persona trabajadora a tiempo completo comparable.
Este rango merece aparecer destacado en cualquier esquema actualizado.
Jubilación flexible con actividad por cuenta propia
La regulación incorpora además determinados supuestos de compatibilidad con actividad por cuenta propia.
Para ello, entre otros requisitos, la persona pensionista no debe haber estado de alta como trabajadora por cuenta propia durante los tres años inmediatamente anteriores al hecho causante de la pensión de jubilación.
En estos supuestos, el importe de la pensión compatible será del 25 %.
Incrementos adicionales del 15 % y del 25 %
Aquí aparece otro punto claramente examinable.
Cuando una actividad por cuenta ajena compatible comienza por primera vez después de haber transcurrido al menos seis meses desde que se causó la pensión:
- Si la jornada es igual o superior al 55 % e igual o inferior al 80 %, la pensión compatible puede incrementarse en un 25 % adicional, en los términos previstos por la norma.
- Si la jornada es igual o superior al 33 % e inferior al 55 %, el incremento adicional es del 15 %.
Para estudiar esta parte resulta mucho más efectivo construir una tabla que intentar memorizar los porcentajes de forma aislada.
| Jornada | Incremento adicional |
|---|---|
| Igual o superior al 33 % e inferior al 55 % | 15 % |
| Igual o superior al 55 % e igual o inferior al 80 % | 25 % |
No confundas jubilación flexible con otras modalidades
Uno de los problemas habituales al estudiar jubilación es mezclar conceptos.
La jubilación flexible, la jubilación activa y la jubilación parcial no deben estudiarse como si fueran nombres diferentes de una misma situación.
En un examen pueden cruzarse intencionadamente:
- Requisitos.
- Porcentajes.
- Tipo de actividad.
- Momento de acceso.
- Efectos sobre la pensión.
Una buena técnica es dedicar una tabla independiente a cada modalidad y compararlas únicamente cuando ya tengas clara la regulación individual.
4. Cambios en la jubilación anticipada por discapacidad
También se ha modificado otra parte del bloque de jubilación.
El Real Decreto 632/2026, de 29 de julio, actualiza el anexo del Real Decreto 1851/2009 relativo a determinadas discapacidades que pueden dar lugar a la reducción de la edad de jubilación.
La norma entró en vigor el 31 de julio de 2026 y se aplica a hechos causantes posteriores a su entrada en vigor.
Puedes consultar las modificaciones directamente en el Real Decreto 632/2026 del BOE.
Entre las patologías incorporadas aparecen:
- Amiloidosis por transtiretina variante.
- Distrofia miotónica tipo 1 o enfermedad de Steinert.
- Enfermedad de Huntington.
- Espina bífida.
- Enfermedad de Parkinson.
- Degeneración corticobasal.
- Atrofia multisistémica.
- Parálisis supranuclear progresiva.
- Esclerosis sistémica.
- Enfermedad renal crónica estadio G5.
También se amplía la referencia a lesión medular para comprender la lesión traumática o no traumática.
¿Significa esto que debes memorizar inmediatamente cada patología?
Dependerá del nivel de detalle que requiera el programa y de cómo estés trabajando el tema, pero lo que sí deberías hacer es comprobar que tu anexo no reproduce una versión anterior de la norma.
5. La Ley 2/2026 modifica directamente la LGSS
Hasta ahora hemos hablado principalmente de modificaciones reglamentarias.
Pero en julio también se aprobó una modificación directa del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
La Ley 2/2026, de 29 de julio, reforma las disposiciones relativas a determinadas mutualidades de previsión social alternativas al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
Puedes consultar la Ley 2/2026 completa en el BOE.
Entró en vigor el 1 de agosto de 2026.
¿Qué partes del temario pueden verse afectadas?
Principalmente aquellas relacionadas con:
- Campo de aplicación.
- Regímenes especiales.
- RETA.
- Cotización.
- Mutualidades alternativas.
En el programa específico de Administrativo de la Seguridad Social esto puede tener incidencia especialmente en los temas 2 y 4.
Incremento progresivo de las cuotas
La norma establece un régimen transitorio que conduce progresivamente hasta el 100 % de la referencia prevista legalmente.
| Año | Porcentaje |
|---|---|
| 2026 | 86 % |
| 2027 | 93 % |
| 2028 | 100 % |
Aquí volvemos a encontrar el tipo de información que puede convertirse en una pregunta directa sobre porcentajes o anualidades.
La denominada pasarela al RETA
La ley también contempla un mecanismo para que determinados profesionales colegiados puedan solicitar voluntariamente la transferencia de derechos económicos acumulados en mutualidades alternativas.
Pero hay un matiz importante.
No es correcto memorizar simplemente:
“Hay un plazo de un año.”
Lo importante es saber desde cuándo comienza ese plazo.
La norma dispone que la solicitud podrá realizarse durante un año desde la entrada en vigor del reglamento que desarrolle esta previsión.
Este es un buen ejemplo de por qué estudiar únicamente fichas o resúmenes excesivamente simplificados puede generar problemas.
6. Cotización a la Seguridad Social en 2026
Además de las reformas estructurales, un opositor debe vigilar especialmente las magnitudes que se actualizan por ejercicios.
Para 2026, una de las referencias fundamentales es la Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo, que desarrolla las normas legales de cotización.
Puedes consultar la Orden PJC/297/2026 en el BOE.
Tope máximo de cotización
Desde el 1 de enero de 2026, el tope máximo de la base de cotización al Régimen General se sitúa en:
5.101,20 euros mensuales.
Mecanismo de Equidad Intergeneracional
En 2026, la cotización correspondiente al Mecanismo de Equidad Intergeneracional se sitúa en el:
0,90 %.
En el Régimen General, la distribución es:
- Empresa: 0,75 %.
- Persona trabajadora: 0,15 %.
Además, debe prestarse atención a la cotización adicional de solidaridad aplicable sobre determinadas retribuciones que excedan de la base máxima de cotización.
¿Hay que memorizar todas las cifras de cotización?
En una oposición específica de Seguridad Social, ignorar por completo las magnitudes vigentes no sería una buena estrategia.
Pero recomendamos separar dos tipos de información.
Normativa estructural
Aquí entrarían:
- Conceptos.
- Sujetos obligados.
- Reglas.
- Procedimientos.
- Bases jurídicas.
- Requisitos.
Datos que pueden variar cada ejercicio
Por ejemplo:
- Determinadas bases.
- Topes.
- Cuantías.
- Porcentajes anuales.
Esta separación ayuda a evitar uno de los errores más frecuentes: estudiar una cifra de 2025 dentro de un tema que conceptualmente sigue siendo válido en 2026.
7. Nacimiento y cuidado de menor: cuidado con los temas antiguos
No todas las actualizaciones importantes proceden de normas publicadas en 2026.
Quienes utilizan material anterior también deberían comprobar el apartado de nacimiento y cuidado de menor.
El Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio modificó, entre otras normas, el Estatuto de los Trabajadores, el Estatuto Básico del Empleado Público y el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
Puedes revisar la norma directamente en el Real Decreto-ley 9/2025 publicado en el BOE.
La reforma amplió el periodo correspondiente por nacimiento y cuidado hasta 19 semanas por progenitor y hasta 32 semanas en los supuestos de monoparentalidad contemplados legalmente, además de establecer determinadas reglas transitorias.
Esto tiene especial importancia en el tema dedicado a nacimiento y cuidado de menor y prestaciones familiares.
Si tu tema se elaboró antes de esta reforma, es uno de los primeros apartados que deberías comprobar.
¿Qué temas de Administrativo de la Seguridad Social revisaría primero?
Si ya llevas meses estudiando, actualizar la normativa no significa tirar tus temas y empezar de cero.
Una revisión eficiente podría seguir este orden:
| Prioridad | Tema | Qué comprobar |
|---|---|---|
| Muy alta | Tema 3 | Bajas y variaciones de datos |
| Muy alta | Tema 5 | Aplazamientos y gestión recaudatoria |
| Muy alta | Tema 10 | Jubilación flexible y anticipada |
| Alta | Tema 4 | Cotización y magnitudes de 2026 |
| Media-alta | Tema 2 | RETA y mutualidades alternativas |
| Media-alta | Tema 9 | Nacimiento y cuidado de menor |
| Revisión | Resto | Posibles cambios posteriores |
Esta tabla no pretende predecir qué preguntará un tribunal.
La prioridad se basa únicamente en cuánto han cambiado recientemente esas materias y en la facilidad con la que determinados datos pueden transformarse en preguntas tipo test.
¿Y si preparas Gestión de la Seguridad Social?
Los cambios normativos también pueden ser relevantes si estás preparando el cuerpo A2, pero no debes trasladar automáticamente la estructura de temas de C1 al programa de Gestión, porque cada oposición tiene su propio programa.
Si ese es tu caso, puedes consultar la información de nuestra preparación de Gestión de la Administración de la Seguridad Social y contrastar cada modificación con el programa vigente de tu convocatoria.
Cómo actualizar un tema correctamente cuando cambia una norma
Detectar el cambio es solo el primer paso.
En Material Academy recomendamos trabajar las actualizaciones siguiendo un proceso concreto.
1. Identifica exactamente qué norma cambia
No basta con leer en redes sociales:
“Ha cambiado la Seguridad Social.”
Necesitas saber:
- Qué norma se ha publicado.
- Qué norma anterior modifica.
- Qué artículos afecta.
- Cuándo entra en vigor.
- Si existen disposiciones transitorias.
2. Busca la información antigua dentro del material
Si estudias mediante PDF, utiliza el buscador.
Por ejemplo, tras la modificación del plazo de bajas puedes buscar expresiones como:
“tres días naturales”
Eso te permite encontrar rápidamente todas las partes del tema donde permanece la regulación anterior.
3. Sustituye el dato antiguo
Durante los primeros días puede ser útil anotar:
Antes: 3 días. Ahora: 6 días.
Pero esa comparación no debería permanecer eternamente en tu esquema principal.
Cuando hayas interiorizado la modificación, lo importante es que tu material muestre con claridad cuál es la regulación vigente.
Si conservas simultáneamente muchas cifras antiguas y nuevas, aumentas el riesgo de confundirlas en el examen.
4. Actualiza los test
Este punto es fundamental.
Corregir el PDF pero mantener una pregunta antigua en tu banco de test puede ser incluso más perjudicial, porque seguirás reforzando mediante repetición una respuesta que ya no es correcta.
Cuando cambia una norma hay que comprobar:
- Temario.
- Esquemas.
- Resúmenes.
- Test.
- Supuestos prácticos.
- Clases grabadas en las que aparezca el dato anterior.
5. Crea preguntas específicas sobre el cambio
Una modificación reciente puede convertirse en una excelente oportunidad de repaso.
Por ejemplo:
Plazo vigente para bajas y variaciones: 6 días naturales.
Convierte después ese dato en una pregunta con distractores:
- 3 días naturales.
- 5 días hábiles.
- 6 días hábiles.
- 6 días naturales.
De esta forma no solo sabes que la legislación ha cambiado: entrenas exactamente cómo podrían intentar confundirte.
Errores habituales al estudiar legislación de Seguridad Social
Confiar únicamente en la fecha del PDF
Un documento creado hace pocos meses puede haber quedado parcialmente desactualizado si posteriormente se ha aprobado una reforma.
Lo importante es la fecha de actualización normativa, no solo la fecha de creación del archivo.
Confundir publicación y entrada en vigor
Que una norma aparezca en el BOE no significa necesariamente que produzca efectos ese mismo día.
El Real Decreto 416/2026, por ejemplo, fue publicado en mayo pero entró en vigor el 28 de agosto de 2026.
Cuando hagas una ficha normativa apunta siempre:
Publicación + entrada en vigor.
Actualizar únicamente la Ley General de la Seguridad Social
Otro error habitual es pensar que todo el temario de Seguridad Social depende exclusivamente del Real Decreto Legislativo 8/2015.
La propia oposición incluye materias desarrolladas ampliamente mediante reglamentos.
El cambio del plazo para bajas es un ejemplo perfecto: se modifica el reglamento de afiliación.
Los aplazamientos, igualmente, se desarrollan mediante el reglamento de recaudación.
Mantener test antiguos
Un test desactualizado puede hacer que memorices de nuevo una respuesta incorrecta aunque ya hayas actualizado tus apuntes.
Memorizar cifras sin asociarlas al año
En tu esquema debería aparecer:
Tope máximo de cotización 2026: 5.101,20 euros/mes.
No simplemente:
Tope máximo: 5.101,20 euros/mes.
Esa pequeña diferencia ayuda muchísimo cuando llega un nuevo ejercicio y toca revisar las cuantías.
Checklist rápido: ¿está actualizado tu temario?
Antes de continuar con una nueva vuelta, comprueba:
- ¿El tema 3 recoge ya el plazo de seis días naturales?
- ¿Has revisado las variaciones de datos?
- ¿El tema 5 incorpora las nuevas reglas de aplazamientos?
- ¿Aparecen correctamente los 150.000 y 250.000 euros?
- ¿Está actualizado el interés aplicable al aplazamiento?
- ¿Tu tema 10 incorpora la nueva jubilación flexible?
- ¿Tienes correctamente relacionados los porcentajes 33 %, 55 % y 80 %?
- ¿Has comprobado las nuevas patologías incluidas para la jubilación anticipada?
- ¿Tu tema de cotización utiliza cifras correspondientes a 2026?
- ¿El tema de nacimiento y cuidado de menor recoge la reforma de 2025?
- ¿Has corregido también los test?
- ¿Has revisado los supuestos prácticos?
- ¿Estás utilizando la convocatoria oficial vigente como referencia?
Si varias respuestas son negativas, merece la pena hacer una revisión antes de seguir acumulando vueltas de estudio.
¿Estás decidiendo entre Administrativo del Estado y Seguridad Social?
No todos los opositores que llegan a esta entrada tienen ya decidido qué cuerpo preparar.
Si todavía estás comparando opciones, hemos preparado una guía específica sobre Administrativo del Estado o Administrativo de la Seguridad Social: cuál elegir en 2026, donde explicamos las diferencias de temario, funciones y tipo de preparación.
Es importante porque Seguridad Social tiene una particularidad clara: su bloque específico requiere estudiar materias muy técnicas y con normativa que puede modificarse con relativa frecuencia.
No tiene por qué ser algo negativo, pero sí debes tenerlo en cuenta antes de empezar.
¿Preparas Administrativo de la Seguridad Social?
Estudiar Seguridad Social no consiste únicamente en memorizar una ley.
Hay que relacionar normativa, entender procedimientos, controlar plazos y porcentajes, practicar preguntas tipo test y saber detectar cuándo una modificación obliga a corregir lo que ya habías estudiado.
En nuestra preparación online de Administrativo de la Seguridad Social en Material Academy trabajamos con temario, clases, test, supuestos prácticos, planificación y seguimiento, incorporando las actualizaciones normativas necesarias durante la preparación.
La finalidad no es que estés constantemente pendiente del BOE por tu cuenta, sino que entiendas qué cambios son relevantes para tu oposición y puedas seguir estudiando de forma ordenada.
Conclusión: estudiar Seguridad Social también significa mantener el temario actualizado
Los cambios en Seguridad Social para oposiciones 2026 afectan a materias muy concretas del programa: afiliación, bajas, recaudación, cotización, mutualidades, jubilación flexible, jubilación anticipada y nacimiento y cuidado de menor.
Algunas modificaciones cambian únicamente un plazo o un porcentaje. Otras obligan a revisar una parte completa del tema.
Por eso, si estás preparando Administrativo de la Seguridad Social, nuestra recomendación es priorizar ahora la revisión de los temas 3, 4, 5 y 10, además de comprobar los temas 2 y 9.
Pero actualizar no significa volver a estudiar desde cero.
Localiza la norma modificada, identifica qué fragmentos de tu material se ven afectados, sustituye la información antigua y revisa también los test y supuestos relacionados.
Esa es una de las mejores formas de evitar que una pregunta aparentemente sencilla te haga perder puntos por haber estudiado una versión anterior de la normativa.
Y, especialmente cuando se acerque un nuevo examen, recuerda comprobar siempre la convocatoria vigente y las fuentes oficiales antes de dar por cerrada una actualización.
Preguntas frecuentes sobre los cambios en Seguridad Social para oposiciones 2026
¿Qué normas de Seguridad Social han cambiado recientemente?
Entre las normas relevantes para opositores se encuentran el Real Decreto 643/2026, el Real Decreto 416/2026, el Real Decreto 632/2026, la Ley 2/2026 y la normativa de cotización para 2026. También debe tenerse presente la reforma de nacimiento y cuidado de menor introducida en 2025.
¿Qué temas de Administrativo de la Seguridad Social debería actualizar primero?
Principalmente los temas relacionados con afiliación y bajas, cotización, recaudación y aplazamientos y jubilación. En el programa utilizado como referencia corresponden especialmente a los temas 3, 4, 5 y 10. También conviene comprobar los temas 2 y 9.
¿Cuál es el nuevo plazo para comunicar una baja a la Seguridad Social?
Tras la modificación introducida por el Real Decreto 643/2026, las solicitudes de baja y variaciones de datos deben presentarse dentro de los seis días naturales siguientes al cese en el trabajo o a aquel en el que se produzca la variación.
¿Ha cambiado la jubilación flexible en 2026?
Sí. El Real Decreto 416/2026 establece una nueva regulación de la jubilación flexible que entró en vigor el 28 de agosto de 2026. Entre otras novedades, regula la compatibilidad con determinadas actividades por cuenta ajena y por cuenta propia.
¿Qué porcentaje de jornada permite la nueva jubilación flexible?
Para el trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial, la jornada debe estar comprendida entre el 33 % y el 80 % respecto de una persona trabajadora a tiempo completo comparable.
¿Tengo que memorizar las bases de cotización de cada año?
En una oposición específica de Seguridad Social conviene controlar las magnitudes que formen parte del programa y trabajar siempre con cifras actualizadas. Es recomendable diferenciar en los apuntes las reglas estructurales de las cuantías que pueden cambiar cada ejercicio.
¿Una modificación publicada después de la convocatoria puede entrar en el examen?
Depende de lo que establezcan las bases y los criterios aplicables al proceso selectivo concreto. Por eso no debe asumirse una fecha de corte de forma automática. Conviene consultar siempre la convocatoria vigente y cualquier indicación oficial del órgano de selección.
¿Cómo puedo saber si mi temario de Seguridad Social está desactualizado?
Comprueba la fecha de revisión normativa y busca algunos de los datos modificados recientemente. Si, por ejemplo, tu tema de afiliación sigue indicando tres días naturales para comunicar determinadas bajas y variaciones, contiene una regulación anterior a agosto de 2026.