Aprobar dos oposiciones, conseguir una plaza mientras trabajas como interino o recibir un llamamiento de otra bolsa es una buena noticia. También puede convertirse en un problema si actúas deprisa y confundes tres decisiones que no producen los mismos efectos: renunciar, tomar posesión y solicitar una excedencia.
La respuesta inicial es esta: no renuncies ni dejes pasar un plazo de toma de posesión sin comprobar antes qué relación tienes actualmente, qué relación vas a adquirir y qué normativa se aplica a las dos Administraciones implicadas.
Cuando se trata de dos plazas fijas, puede existir la posibilidad de adquirir ambas condiciones y permanecer en servicio activo en una, dejando la otra en la situación administrativa que corresponda. Cuando una de las opciones procede de una bolsa y supone un nombramiento interino o un contrato temporal, la solución puede ser distinta.
No existe, por tanto, una regla universal que permita “tomar posesión y pedir una excedencia” en cualquier situación. La Administración General del Estado, las comunidades autónomas, la Administración de Justicia, el personal estatutario sanitario y los cuerpos con legislación específica pueden aplicar normas diferentes.
Aprobar una oposición no siempre significa tener ya una plaza
Antes de decidir, identifica en qué momento del proceso te encuentras. No es lo mismo haber superado un examen que haber sido nombrado funcionario de carrera.
Según el Estatuto Básico del Empleado Público, la condición de funcionario de carrera se adquiere después de cumplir sucesivamente estos requisitos:
- Superar el proceso selectivo.
- Ser nombrado por el órgano competente.
- Realizar el acto de acatamiento exigido.
- Tomar posesión dentro del plazo establecido.
Por tanto, aparecer en una lista de aprobados no siempre significa que ya hayas adquirido la condición de funcionario. La toma de posesión es una fase esencial.
Cinco situaciones que suelen confundirse
| Situación | Qué significa realmente |
|---|---|
| Has aprobado un ejercicio | Sigues dentro del proceso, pero todavía puedes no obtener plaza |
| Has superado todo el proceso sin plaza | Puedes quedar en bolsa si lo prevén las bases, pero no eres funcionario de carrera |
| Figuras como aspirante seleccionado | Estás propuesto para una plaza, pendiente de documentación y nombramiento |
| Se ha publicado tu nombramiento | Debes cumplir el trámite de toma de posesión dentro del plazo indicado |
| Te llaman de una bolsa | Te ofrecen una relación temporal, normalmente como interino o personal laboral temporal |
Esta distinción es fundamental porque una renuncia anterior a la toma de posesión no tiene el mismo alcance que renunciar a la condición de funcionario después de haberla adquirido.
He aprobado dos oposiciones: ¿tengo que renunciar a una?
No necesariamente.
La Ley 53/1984, de Incompatibilidades, establece que quien acceda a un nuevo puesto del sector público incompatible con el que ya desempeña debe optar por uno dentro del plazo de toma de posesión.
Si no ejerce expresamente esa opción, la ley entiende que elige el nuevo puesto y que pasa a excedencia voluntaria en el anterior. Esta regla debe aplicarse junto con la normativa de función pública y de situaciones administrativas correspondiente a cada puesto.
La consecuencia práctica es importante: tener derecho a conservar la condición adquirida en dos cuerpos o escalas no significa poder trabajar en los dos puestos ni cobrar de ambos.
Plaza, cuerpo y puesto no son lo mismo
En el lenguaje habitual se habla de “guardar la plaza”, pero jurídicamente conviene distinguir:
- Cuerpo o escala: la condición funcionarial que has adquirido.
- Puesto o destino: el trabajo concreto que te han adjudicado.
- Situación administrativa: servicio activo, excedencia, servicios especiales u otra situación prevista legalmente.
Una excedencia puede permitirte conservar la pertenencia a un cuerpo o escala, pero no implica necesariamente que quede reservado el destino concreto que elegiste. El reingreso puede depender de la regulación aplicable, de los procedimientos de provisión y de la existencia de una vacante.
Qué hacer si las dos oposiciones te dan una plaza fija
Este es el escenario más favorable para estudiar una excedencia por prestación de servicios en el sector público.
En la AGE, el Real Decreto 365/1995 contempla esta situación para funcionarios de carrera que se encuentran en servicio activo en otro cuerpo o escala, así como para quienes pasan a prestar servicios como personal laboral fijo en el sector público, salvo que corresponda otra situación administrativa.
Procedimiento práctico recomendado
- Lee las dos resoluciones completas. Anota el plazo de presentación de documentos, elección de destinos, nombramiento y toma de posesión.
- Identifica la naturaleza de las dos relaciones. Comprueba si ambas son de funcionario de carrera, personal estatutario fijo o personal laboral fijo.
- Comunica la situación a las dos unidades de personal. El interlocutor no suele ser el tribunal calificador, sino la unidad de recursos humanos, personal o función pública competente.
- Pregunta por escrito cómo formalizar la opción. No te limites a una llamada telefónica. Presenta una consulta o solicitud por registro y conserva el justificante.
- Coordina las tomas de posesión. Para adquirir una condición funcionarial debes completar los requisitos exigidos, incluida la toma de posesión. El orden puede ser relevante.
- Presenta la opción o solicitud de excedencia dentro del plazo aplicable. Indica con claridad en qué puesto deseas permanecer en servicio activo.
- Solicita una resolución expresa. No des por hecho que la situación ha quedado correctamente tramitada solo porque una persona te lo haya confirmado por teléfono.
¿Puedo tomar posesión y pedir la excedencia el mismo día?
Puede ser posible en determinados casos, especialmente cuando la normativa permite adquirir la nueva condición y ejercer simultáneamente la opción por el puesto que ya se desempeña.
Sin embargo, no debe presentarse como una fórmula automática. La Administración tiene que comprobar qué excedencia corresponde, cuál es la relación previa y si el puesto que deseas mantener puede dar origen a esa situación.
La solución prudente es enviar la documentación antes de que venza el plazo posesorio y pedir instrucciones expresas a las dos unidades de personal.
Qué ocurre si has aprobado una plaza fija y actualmente eres interino
Aquí aparece uno de los errores más frecuentes: pensar que se puede tomar posesión de la plaza fija, dejarla inmediatamente en excedencia y continuar como interino porque el destino temporal resulta más cómodo.
En la Administración General del Estado, el artículo 15 del Real Decreto 365/1995 indica expresamente que el desempeño de un puesto como funcionario interino o personal laboral temporal no habilita para pasar a la excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público.
Esto significa que, en el régimen de la AGE, no debes dar por supuesto que podrás mantener en excedencia la plaza fija para continuar en un puesto temporal.
Lo habitual será estudiar estas opciones:
- Tomar posesión de la plaza fija y cesar en el nombramiento interino.
- Comprobar si la Administración correspondiente contempla otra situación específica.
- Consultar si existe una regulación autonómica o sectorial distinta.
- Valorar una excedencia por interés particular únicamente si cumples sus requisitos, sabiendo que puede estar condicionada por necesidades del servicio y periodos mínimos.
La respuesta puede variar en una comunidad autónoma que regule una excedencia por incompatibilidad propia. También puede variar para personal estatutario, docente, de Justicia o perteneciente a cuerpos con normativa específica.
Ejemplo práctico
Marta trabaja como auxiliar administrativa interina en un ayuntamiento y obtiene una plaza de funcionaria de carrera en el Cuerpo General Auxiliar de la AGE.
Marta no debería asumir que puede tomar posesión en la AGE, dejar esa plaza en excedencia por servicios en el sector público y seguir como interina en el ayuntamiento. Antes de elegir, debe consultar la normativa aplicable a su nueva plaza y pedir una respuesta a la unidad de personal.
Si decide incorporarse a la plaza fija, deberá coordinar el cese en el puesto interino para evitar una situación de incompatibilidad.
Soy funcionario de carrera y me llaman de una bolsa
El problema es parecido, pero planteado al revés.
Ya tienes una relación permanente y recibes una oferta temporal de otra Administración. Aunque la oferta tenga mejor destino, teletrabajo, horario o proximidad, no significa que puedas dejar automáticamente la plaza fija en excedencia por prestación de servicios.
En la AGE, un nombramiento interino o un contrato laboral temporal no habilita para esa excedencia. En otros ámbitos debes revisar la ley de función pública autonómica, el convenio colectivo o la normativa sectorial.
Antes de aceptar el llamamiento, solicita respuesta a estas preguntas:
- ¿Qué situación administrativa quedaría reconocida en mi plaza fija?
- ¿Se conserva la condición funcionarial?
- ¿Existe reserva del puesto o solo posibilidad de reingreso?
- ¿Qué ocurre cuando finalice el nombramiento interino?
- ¿En qué plazo tendría que pedir el reingreso?
- ¿La bolsa permite aplazar el llamamiento o pasar a no disponible?
Aceptar primero y preguntar después puede dejarte con un cese ya tramitado y sin la situación administrativa que esperabas.
Me llaman de dos bolsas distintas: ¿puedo rechazar una?
Puedes rechazar el llamamiento, pero la consecuencia depende de las bases reguladoras de cada bolsa.
No existe una norma común que garantice que permanecerás en la misma posición. Según la bolsa, la renuncia puede producir:
- Exclusión definitiva.
- Suspensión temporal.
- Cambio a la situación de no disponible.
- Pérdida de posición.
- Mantenimiento en la bolsa si acreditas una causa justificada.
- Reincorporación cuando desaparezca la causa que impide aceptar.
En las bolsas de Justicia reguladas por la Orden JUS/2296/2005, no aceptar el nombramiento, no entregar la documentación o no tomar posesión puede provocar la exclusión, salvo que exista causa debidamente justificada.
Otras Administraciones aplican reglas diferentes. Por ejemplo, la regulación de funcionarios interinos no docentes de la Comunidad de Madrid contempla determinadas causas justificadas para no ser excluido de la lista.
Qué debes buscar en las bases de la bolsa
Utiliza el buscador del documento y localiza estos términos:
- Renuncia.
- Llamamiento.
- No disponible.
- Suspensión.
- Exclusión.
- Causa justificada.
- Mejora de empleo.
- Reincorporación.
- Plazo de acreditación.
No te fíes de lo que ocurrió en otra bolsa, aunque pertenezca a la misma Administración. Las bases pueden haber cambiado o existir reglas distintas según el cuerpo y el año de constitución.
Renunciar a una plaza: tres decisiones diferentes
La palabra “renuncia” se utiliza para situaciones con consecuencias muy distintas.
1. Renunciar antes del nombramiento o de la toma de posesión
El Estatuto Básico del Empleado Público permite que, cuando se produzcan renuncias de personas seleccionadas antes del nombramiento o toma de posesión, la Administración pueda acudir a una relación complementaria de aspirantes para cubrir las plazas.
En este momento todavía puede no haberse adquirido la condición de funcionario de carrera. La forma de comunicar la renuncia y sus consecuencias deben comprobarse en la convocatoria y en la resolución del proceso.
2. No tomar posesión dentro del plazo
La toma de posesión es un requisito para adquirir la condición de funcionario de carrera. Dejar pasar el plazo no debe utilizarse como una forma informal de elegir entre dos plazas.
La resolución de nombramiento puede establecer consecuencias concretas y contemplar supuestos de fuerza mayor o ampliación. No presupongas que el plazo se prorrogará ni que bastará con avisar por teléfono.
3. Renunciar después de ser funcionario de carrera
Una vez adquirida la condición, la renuncia tiene un alcance mucho mayor. El artículo 64 del Estatuto Básico del Empleado Público exige que se formule por escrito y sea aceptada expresamente por la Administración.
La renuncia implica perder la condición de funcionario en ese cuerpo o escala. No equivale a una excedencia ni permite recuperar posteriormente la plaza mediante una simple solicitud de reingreso.
No obstante, la renuncia no impide volver a ingresar en la Administración superando un nuevo proceso selectivo.
Qué debes saber antes de pedir una excedencia
La excedencia por prestación de servicios en el sector público no es una herramienta para elegir libremente cualquier trabajo público y conservar todos los derechos de la plaza anterior.
Antes de solicitarla, confirma:
- Qué modalidad exacta te corresponde.
- Si la relación que vas a mantener es fija o temporal.
- Si la declaración se produce de oficio o a instancia de parte.
- Desde qué fecha surte efectos.
- Si existe o no reserva de destino.
- Cómo afecta a retribuciones, carrera, antigüedad, trienios y Seguridad Social.
- Cómo se solicita el reingreso.
- Qué plazo se aplica cuando desaparece la causa de la excedencia.
El Portal de Función Pública señala, para su ámbito, que la situación puede mantenerse mientras continúe la relación de servicios que la originó. Cuando esta termina, debe solicitarse el reingreso dentro del plazo aplicable.
No confundas excedencia por servicios públicos con excedencia por interés particular
Son situaciones diferentes.
La excedencia por prestación de servicios en el sector público está vinculada al desempeño de otra relación pública que reúna los requisitos exigidos.
La excedencia por interés particular suele exigir un periodo previo de servicios efectivos, puede estar subordinada a las necesidades del servicio y puede imponer un tiempo mínimo de permanencia. Estos requisitos cambian según la Administración y la normativa vigente.
Por eso, “pido una excedencia voluntaria” no es una solicitud suficientemente precisa. Debes indicar la modalidad legal y acreditar el supuesto que la justifica.
Tabla rápida según tu situación
| Tu situación | Actuación prudente | Advertencia principal |
| Has obtenido dos plazas de funcionario de carrera | Coordinar las tomas de posesión y formalizar la opción | No puedes desempeñar los dos puestos incompatibles |
| Eres interino y obtienes una plaza fija | Revisar si debes cesar como interino para incorporarte | En la AGE, el puesto temporal no habilita para excedencia por servicios públicos |
| Eres funcionario de carrera y te llaman de una bolsa | Consultar la situación administrativa antes de aceptar | No presupongas que conservarás la plaza fija en excedencia |
| Te llaman de dos bolsas | Leer las bases de ambas y comparar penalizaciones | Rechazar puede implicar suspensión o exclusión |
| Obtienes una plaza fija y ya eres personal laboral fijo público | Comprobar qué relación mantendrás activa y qué excedencia corresponde | También debe revisarse el convenio colectivo |
| No deseas una plaza antes de tomar posesión | Comunicarlo formalmente dentro del plazo | No dejes vencer el plazo sin presentar escrito |
Ejemplos prácticos
Ejemplo 1: dos plazas fijas en Administraciones diferentes
Carlos obtiene una plaza de Administrativo del Estado y otra de administrativo en una comunidad autónoma.
Debe revisar los dos nombramientos, comunicar la coincidencia a ambas unidades de personal y decidir en cuál quiere permanecer en servicio activo. Para conservar correctamente la otra condición, tendrá que completar los actos exigidos y solicitar la situación administrativa que proceda.
No debe limitarse a incorporarse a una y dejar sin respuesta la segunda resolución.
Ejemplo 2: plaza fija y bolsa con mejor destino
Lucía es funcionaria de carrera lejos de su domicilio y recibe un llamamiento de una bolsa temporal cerca de su familia.
Antes de aceptar, debe comprobar si su Administración permite pasar a una excedencia compatible con ese nombramiento temporal. La conveniencia personal del nuevo destino no crea por sí sola el derecho a una excedencia por prestación de servicios.
Ejemplo 3: dos bolsas con llamamientos simultáneos
Álvaro recibe una oferta de seis meses de un ayuntamiento y otra sustitución sin duración determinada en una comunidad autónoma.
Además de comparar sueldo, funciones y distancia, debe revisar qué ocurre en cada bolsa si rechaza. Puede que una permita quedar temporalmente no disponible por estar trabajando y que la otra lo excluya si no acredita una causa admitida en plazo.
Errores habituales
Renunciar por miedo antes de consultar
Una renuncia puede ser irreversible. Cuando existen dos plazas fijas, puede haber una alternativa que permita conservar la condición adquirida en ambas.
Creer que aprobar equivale a ser funcionario
La condición de funcionario de carrera requiere nombramiento, acatamiento y toma de posesión dentro del plazo.
Pensar que cualquier empleo público permite pedir excedencia
Un puesto interino o laboral temporal no produce los mismos efectos que otra plaza fija. En la AGE no habilita para la excedencia por prestación de servicios en el sector público.
Confundir conservar el cuerpo con reservar el destino
Permanecer en excedencia puede conservar la relación funcionarial, pero no siempre el puesto concreto, la localidad o el organismo elegido.
Resolverlo únicamente por teléfono
Una conversación telefónica puede orientar, pero no acredita que hayas ejercido la opción, solicitado una excedencia o renunciado dentro del plazo.
Aplicar las reglas de una bolsa a otra
Las causas justificadas, penalizaciones y procedimientos de reincorporación dependen de las bases vigentes de cada bolsa.
Presentar una solicitud imprecisa
No basta con escribir “solicito una excedencia”. Identifica la modalidad, la plaza, la Administración, la relación que deseas mantener y la fecha de efectos solicitada.
Checklist rápido antes de tomar una decisión
- He comprobado si tengo plaza o solo he aprobado un ejercicio.
- Tengo la resolución de nombramiento o el documento del llamamiento.
- He anotado todos los plazos y fechas.
- Sé si cada relación es fija, interina o laboral temporal.
- He leído la normativa específica del cuerpo y de la Administración.
- He revisado las bases de la bolsa.
- He consultado por escrito a las unidades de personal implicadas.
- Sé en qué puesto deseo permanecer en servicio activo.
- He preguntado si existe reserva del puesto concreto.
- Conozco las condiciones futuras de reingreso.
- Voy a presentar la opción, renuncia o solicitud mediante registro.
- Guardaré el justificante y la resolución administrativa.
Cómo reducir este problema desde la fase de preparación
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Conclusión: no elijas entre renuncia y excedencia sin identificar primero tu situación
Cuando has aprobado dos oposiciones o te llaman de una bolsa, la decisión correcta depende de tres elementos: la relación que ya tienes, la que vas a adquirir y la normativa concreta de ambas Administraciones.
Si las dos plazas son fijas, puede ser posible adquirir las dos condiciones y permanecer en activo en una, dejando la otra en la situación administrativa correspondiente. Si una oferta es interina o temporal, no debes asumir que producirá el mismo derecho. Y si decides renunciar, asegúrate de saber si renuncias a un llamamiento, a una plaza todavía no adquirida o a tu condición de funcionario.
La regla práctica es sencilla: primero revisa los documentos y plazos; después consulta a las unidades de personal; finalmente presenta por escrito la opción que corresponda.
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Preguntas frecuentes
¿Puedo tomar posesión de dos plazas de funcionario?
Puede ser posible completar la toma de posesión de ambas para adquirir las dos condiciones funcionariales y optar por permanecer en servicio activo en una. La otra quedaría en la situación administrativa que proceda. Debes coordinarlo previamente con las dos unidades de personal y respetar los plazos de cada nombramiento.
¿Puedo pedir una excedencia el mismo día que tomo posesión?
Puede admitirse en determinados supuestos, pero no es una regla automática. Depende de la modalidad de excedencia, de la relación pública que deseas mantener y de la normativa aplicable. Solicita instrucciones por escrito antes de la toma de posesión.
¿Qué pasa si no tomo posesión dentro del plazo?
La toma de posesión es un requisito para adquirir la condición de funcionario de carrera. Si dejas transcurrir el plazo, pueden quedar sin efecto tu nombramiento o tus derechos en ese proceso, según la normativa y la resolución aplicable. Revisa también si existe una causa de fuerza mayor legalmente admisible.
¿Puedo conservar una plaza fija y seguir trabajando como interino?
No siempre. En la AGE, el desempeño de un puesto interino o laboral temporal no habilita para la excedencia por prestación de servicios en el sector público. En otros ámbitos debe revisarse la normativa autonómica o sectorial.
¿Me expulsan de una bolsa si rechazo un llamamiento?
Depende de las bases de la bolsa. La consecuencia puede ser exclusión, suspensión, cambio a no disponible o mantenimiento si acreditas una causa justificada. Comprueba qué causas admite la bolsa y en qué plazo debes justificarlas.
¿La excedencia reserva mi destino?
No necesariamente. Una excedencia puede conservar tu pertenencia al cuerpo o escala sin reservar el puesto, organismo o localidad concretos. Consulta expresamente cómo se produciría el reingreso.
¿Renunciar a una plaza me impide volver a opositar?
La renuncia a la condición de funcionario no inhabilita por sí misma para volver a ingresar en la Administración mediante un nuevo proceso selectivo. Sin embargo, perderás la condición a la que renuncias y no podrás recuperarla mediante una simple petición de reingreso.